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Ayudas por COVID-19 coronavirus a empleados por cuenta ajena
Las ayudas por los perjuicios que está causando el virus COVID-19 a todas las personas tras decretarse el estado de alarma destinadas a las personas que trabajan por cuenta ajena o han sido despedidas por este motivo.
Estas medidas serán vigentes desde el día 19 de marzo de 2020 hasta el 3 de mayo de 2020 si no existe prórroga.
Al tratarse de medidas excepcionales las que se están tomando en el estado de alarma por COVID-19 puede que algunas cambien en estos días, así como puede que algunas comunidades autónomas hagan mejoras o cambios tanto en protección como dotación.
Suspensión en el pago de hipotecas
Las personas que hayan sido despedidas o hayan sufrido una merma drástica en sus ingresos (40%) podrán solicitar una moratoria en el pago de la hipoteca de su vivienda habitual.
Es aconsejable hablar con el banco para poder optar a esta medida ya que algunas entidades tienen previstas estas situaciones en los seguros de hipoteca.
Prohibición del corte de suministros básicos
No se realizarán cortes de gas, agua, luz o teléfono en los hogares de familias vulnerables.
Acogerse al ERTE
Las empresas podrán acogerse a un ERTE por ver rebajada su actividad por el coronavirus pero están obligadas a una vez levantado el estado de alarma volver a reincorporar a los trabajadores a su puesto habitual.
Plazos de devoluciones
En esta situación las devoluciones se congelan teniendo 30 días más para poder ejercer el derecho de devolución de artículos.
Renovación de DNI
Si tu DNI caduca o ha caducado durante el estado de alarma el gobierno amplia su vigencia hasta el 13 de marzo de 2021
Paro y prestaciones
Todas las personas que necesiten realizar algún trámite en el SEPE podrán hacerlo de forma telemática.